Expulsión archivos - El Pregonero del Darién https://elpregonerodeldarien.com.co/tag/expulsion/ Periodismo con Responsabilidad Mon, 16 Feb 2026 23:38:19 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.8.3 https://elpregonerodeldarien.com.co/wp-content/uploads/2024/02/cropped-SolPregoneroRecurso-1.png Expulsión archivos - El Pregonero del Darién https://elpregonerodeldarien.com.co/tag/expulsion/ 32 32 228805209 La JEP expulsa al general Santoyo https://elpregonerodeldarien.com.co/la-jep-expulsa-al-general-santoyo/ Mon, 16 Feb 2026 23:38:17 +0000 https://elpregonerodeldarien.com.co/?p=16004 (Foto principal/Al centro, el general Santoyo compareciendo ante la JEP)-Foto Institucional Por fallarle a las víctimas y no colaborar con la Justicia Especial para la paz (JEP), el general, Mauricio Alfonso Santoyo Velasco fue expulsado de esta corte, aunque la medida goza aun del recurso de reposición. El compareciente está siendo procesado por delitos de …

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(Foto principal/Al centro, el general Santoyo compareciendo ante la JEP)-Foto Institucional

Por fallarle a las víctimas y no colaborar con la Justicia Especial para la paz (JEP), el general, Mauricio Alfonso Santoyo Velasco fue expulsado de esta corte, aunque la medida goza aun del recurso de reposición. El compareciente está siendo procesado por delitos de lesa humanidad, se desprende del expediente.

“En síntesis, las contribuciones realizadas por el compareciente no han  sido suficientes en aras de materializar el derecho a la verdad que les asiste  a las víctimas y a la sociedad colombiana. A partir de lo expuesto, considera esta Subsala, que no es posible continuar con el trámite de sometimiento a la JEP del GR (r) Mauricio Alfonso Santoyo Velasco, pues se ha evidenciado de su parte una falta de cumplimiento del régimen de condicionalidad” afirm ala JEP. 

En atención a las consideraciones expuestas, resulta jurídicamente  inviable la solicitud de permanencia en la Jurisdicción Especial para la Paz,  formulada por la defensa y coadyuvada por la delegada del Ministerio Público.

Vuelve a la Fiscalía

En relación con los procesos de la referencia,- sigue diciendo la JEP- se tiene que al señor  Mauricio Alfonso Santoyo Velasco le fue concedido el beneficio transicional  de privación de la libertad en unidad policial o militar —PLUMP— el cual  la Sala, por lo anteriormente expuesto, se dispone a revocar. En consecuencia,  el señor Santoyo Velasco será puesto a disposición de la Fiscalía 56  Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de Bogotá D.C., con el fin de continuar con el proceso No. 10179, actualmente en etapa de  acusación. Esta determinación se adopta en cumplimiento de la medida de  aseguramiento de detención preventiva impuesta el 26 de abril de 2019 por la referida autoridad, la cual, a su vez, libró la correspondiente orden de Captura.

Para el cumplimiento de lo anterior, se ordenará a la Inspección General  de la Policía Judicial, al Centro Especial de Reclusión de la Escuela de  Postgrados de Policía “Miguel Antonio Lleras Pizarro”, en el que se encuentra actualmente privado de la libertad, y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario —INPEC— que, en firme esta decisión, bajo estrictas medidas de

seguridad, coordinen el traslado del señor Mauricio Alfonso Santoyo  Velasco a un centro de reclusión, conforme a lo señalado en la medida de aseguramiento de detención preventiva proferida en su contra.

Sin beneficios

Con lo anterior, se deja sin prerrogativas y beneficios transicionales al  compareciente, quien a partir de este momento pierde dicha calidad por haber incumplido las obligaciones y deberes que su sometimiento a la JEP y el  régimen de condicionalidad al que se encontraba sometido demandaban,  debiendo sus asuntos retornar ante la justicia ordinaria, para que ésta continúe con su conocimiento.

“El señor GR (r) Mauricio Alfonso Santoyo  Velasco, identificado con la C.C. No. 13.845.379, incumplió gravemente y de forma injustificada su régimen de condicionalidad, específicamente la  condición esencial de acceso y permanencia en el Sistema Integral para la Paz,  consistente en aportar verdad plena.”

“Como consecuencia de lo anterior, expulsar al señor GR (r)  Mauricio Alfonso Santoyo Velasco,   del Sistema Integral para la Paz.

El señor GR (r) Mauricio Alfonso Santoyo  Velasco ha perdido los tratamientos especiales y beneficios otorgados por las  autoridades judiciales y administrativas —ordinarias y transicionales—, en  desarrollo del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la  Construcción de una Paz Estable y Duradera, así como la posibilidad de acceder a otros.

Comunicar esta decisión a los magistrados relatores de los  Macrocasos 06, denominado “Genocidio contra el partido político Unión  Patriótica”, y 08, denominado “Crímenes cometidos por la fuerza pública, agentes  del Estado en asociación con grupos paramilitares, o terceros civiles en el conflicto  armado”, de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de  Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP, para lo de su competencia. Contra esta decisión proceden los recursos de reposición y apelación” Concluye la JEP.

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