Emergencia Económica archivos - El Pregonero del Darién https://elpregonerodeldarien.com.co/tag/emergencia-economica/ Periodismo con Responsabilidad Thu, 01 Jan 2026 00:51:57 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.8.3 https://elpregonerodeldarien.com.co/wp-content/uploads/2024/02/cropped-SolPregoneroRecurso-1.png Emergencia Económica archivos - El Pregonero del Darién https://elpregonerodeldarien.com.co/tag/emergencia-economica/ 32 32 228805209 Entró en vigencia la Emergencia Económica https://elpregonerodeldarien.com.co/entro-en-vigencia-la-emergencia-economica/ Thu, 01 Jan 2026 00:51:22 +0000 https://elpregonerodeldarien.com.co/?p=15427 El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Hacienda, expidió el Decreto 1474 de diciembre del 2025 por medio del cual se adoptan medidas tributarias destinadas a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al Estado de Emergencia Económica y Social declarado por el Decreto 1390 de 2025. El Decreto 1474 surge de …

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El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Hacienda, expidió el Decreto 1474 de diciembre del 2025 por medio del cual se adoptan medidas tributarias destinadas a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al Estado de Emergencia Económica y Social declarado por el Decreto 1390 de 2025.

El Decreto 1474 surge de la declaración del Estado de Emergencia que autoriza al Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, a dictar decretos con fuerza de ley destinados exclusivamente a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos. Además, contempla que de forma transitoria puede establecer nuevos tributos o modificar los existentes.

En este contexto, las medidas que se constituyen en el eje central del Decreto 1474 son:

• Durante el año gravable 2026 quedarán gravados con el impuesto sobre las ventas del 19% los bienes sujetos al impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares, del que trata el artículo 202 de la Ley 223 de 1995 y los que se encuentren sujetos al pago de la participación que aplique en los departamentos que ejerzan el monopolio de licores destilados.

• Los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet, en el territorio nacional o desde el exterior, estarán gravados con el impuesto sobre las ventas (lVA) del 19%. La base gravable estará constituida por los ingresos brutos del juego, entendidos como el total de las apuestas menos los premios pagados en el bimestre correspondiente.

• Sobre el ajuste del impuesto al patrimonio se fijó que el umbral bajará de 3.600 millones a 2.000 millones de pesos y un incremento progresivo de hasta 5 % para patrimonios superiores a 100.000 millones de pesos.

• Puntos adicionales en la tarifa del impuesto sobre la renta para el sector financiero. Los sujetos pasivos del impuesto sobre la renta y complementarios estarán obligados a liquidar 15 puntos adicionales al impuesto sobre la renta y complementarios. En adelante pagarán el 15% de sobretasa.

• Se crea el impuesto temporal que grava la extracción en el territorio nacional de hidrocarburos y carbón de partidas arancelarias, al momento de la primera venta o la exportación.  Los hechos generadores del impuesto son: 

-La primera venta dentro o desde el territorio nacional, de hidrocarburos y carbón.

-La presentación y aceptación de la solicitud de autorización de embarque al resto del mundo, de hidrocarburos y carbón.

• Sobre el impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado, la norma dice que el generador del impuesto está constituido por el consumo de cigarrillos, tabaco elaborado, derivados, sucedáneos o imitadores, en la jurisdicción de los departamentos. Se excluye del impuesto al consumo de tabaco, al chicote de producción artesanal. El Dane deberá certificar la base gravable para cada uno de los productos sujetos al impuesto al consumo.

• El Decreto ordena reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios para los sujetos de obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarías administrados por la Dian, que se encuentren en mora en el pago a 31 de diciembre de 2025. La medida rige desde la fecha de vigencia del presente decreto y hasta el 31 de marzo del año 2026.

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La emergencia económica frente al bloqueo y la hipocresía fiscal https://elpregonerodeldarien.com.co/la-emergencia-economica-frente-al-bloqueo-y-la-hipocresia-fiscal/ Wed, 24 Dec 2025 12:24:17 +0000 https://elpregonerodeldarien.com.co/?p=15309 Desde que el Gobierno declaró la emergencia económica, los grandes medios de información corporativos inundaron la opinión pública con una avalancha de alarmas, sanciones morales y descalificaciones. Editoriales furiosas, panelistas de radio indignados y titulares que anticipan el fin del mundo construyen un ambiente de pánico bien planeado, en el que el presidente es presentado …

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Desde que el Gobierno declaró la emergencia económica, los grandes medios de información corporativos inundaron la opinión pública con una avalancha de alarmas, sanciones morales y descalificaciones. Editoriales furiosas, panelistas de radio indignados y titulares que anticipan el fin del mundo construyen un ambiente de pánico bien planeado, en el que el presidente es presentado como una amenaza directa para la gente trabajadora.

En ese relato, el presidente es señalado como un gobernante autoritario que pretende resolver sus problemas “metiéndole la mano al bolsillo a los pobres”. Sin embargo, esa narrativa omite de manera sistemática el contexto político y fiscal que causó la decisión, así como los verdaderos motivos que se esconden detrás de la furia mediática.

La emergencia económica no es un invento repentino, ni una ocurrencia improvisada. Es una respuesta a un problema de financiación severo, resultado del hundimiento por la oposición en el Congreso de una iniciativa clave para asegurar los fondos del presupuesto nacional.

El gobierno alertó muy claro que esa movida política ponía en peligro la financiación de programas esenciales de salud, educación y asistencia social, particularmente para la gente más vulnerable.

Ante ese escenario, la oposición optó por el bloqueo sin proponer una alternativa viable, para luego trasladar al Ejecutivo el costo político de esa irresponsabilidad. Convertir esta secuencia de acontecimientos en un relato de autoritarismo no constituye un ejercicio de crítica democrática ni de control político, sino una operación de encubrimiento con fines electorales.

Buena parte de la discusión pública se ha reducido a lemas vacíos, sobre supuestos “impuestazos” que golpearían la clase trabajadora. Se usa a los obreros y a los hogares humildes como escudos retóricos, mientras se evita explicar que el esfuerzo fiscal estará dirigido hacia sectores con alta capacidad de pago y hacia ingresos históricamente favorecidos por el sistema de impuestos. Esa omisión, por supuesto, no es un accidente. Aceptarlo implicaría reconocer, que lo que importa no es defender a los necesitados, sino la resistencia de los poderosos frente a todo intento de modificar una estructura fiscal profundamente desigual.

La emergencia económica es un mecanismo constitucional excepcional previsto para situaciones extraordinarias que, por su gravedad e imprevisibilidad, requieren medidas urgentes que no pueden esperar los plazos de los procedimientos legislativos ordinarios sin causar un daño grave e irreparable al orden económico y social. No suspende derechos, no, ni elimina controles o cierra el debate democrático… para nada. Los actos bajo su protección estarán sujetos al control de la Corte Constitucional y al escrutinio político. Lo excepcional en esta situación no es usarla, sino la estrategia de la oposición de provocar una crisis fiscal y después escandalizarse porque el Estado actúa para evitar que esa crisis se traduzca en desprotección social.

Es complicado, no señalar el cinismo de quienes durante décadas defendieron un sistema regresivo, toleraron exenciones no justificadas, y callaron frente a la concentración de riqueza, y ahora se presentan como paladines del interés popular. Ese humanismo repentino, es más bien una coartada discursiva. Por eso el debate se desplaza hacia un formalismo jurídico extremo, usado de manera selectiva y oportunista. No es una fidelidad genuina a la Constitución, sino una instrumentalización para bloquear transformaciones y preservar privilegios. Son purismos disfrazados de rigor técnico.

La Constitución no es simplemente un montón de rituales huecos, ni tampoco una guia para la inercia. Es un mandato de construcción de un Estado social de derecho. Interpretarla únicamente desde el procedimiento, desconectada de sus fines materiales, es vaciarla de sentido. Cuando la legalidad se utiliza para impedir que el Estado garantice derechos básicos, deja de ser una herramienta democrática y se convierte en una barrera contra el bienestar colectivo.

No hacer nada frente al vacío de financiación habría supuesto consentir que millones de personas pagaran el precio de una disputa política ajena. Esa sería una decisión injustificable. Gobernar implica asumir costos, no administrar el miedo a los titulares, ni ceder ante la presión de quienes confunden el interés general con la defensa de beneficios particulares.

Más allá de tanto ruido en los medios, lo que se debate es una pregunta simple, pero profundamente política: ¿debería el Estado proteger los derechos sociales, o continuar resguardando los privilegios de unos cuantos?

Defender la emergencia económica en este contexto no es avalar un exceso de poder, sino afirmar que la dignidad de la mayoría no puede seguir subordinada a un modelo fiscal diseñado para la comodidad de los mismos de siempre.

*Profesor de Ingeniería Química Universidad de Antioquia. 

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Listo decreto de emergencia económica https://elpregonerodeldarien.com.co/listo-decreto-de-emergencia-economica/ Tue, 23 Dec 2025 00:51:52 +0000 https://elpregonerodeldarien.com.co/?p=15287 El decreto de emergencia económica que expedirá el Gobierno nacional con el que buscará recoger los $16,3 billones que hacen falta para financiar el Presupuesto General de la Nación de 2026 se basará en los mismos criterios que contenía el proyecto de Ley de Financiamiento que rechazó el Congreso de la República. Así lo advirtió …

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El decreto de emergencia económica que expedirá el Gobierno nacional con el que buscará recoger los $16,3 billones que hacen falta para financiar el Presupuesto General de la Nación de 2026 se basará en los mismos criterios que contenía el proyecto de Ley de Financiamiento que rechazó el Congreso de la República.

Así lo advirtió el presidente Gustavo Petro a través de su cuenta en la red social X donde advierte que “los nuevos recursos solo deben salir de los megarricos que han sido los beneficiarios de la política económica. Es una devolución pequeña de los grandes beneficios obtenidos de la sociedad’.

El mandatario aseguró en su mensaje que “las condiciones de la emergencia (económica) por este hecho son evidentes, y si la Corte Constitucional decide derribar también el decreto, entonces la tasa de riesgo país será más grande y la insostenibilidad de la deuda se hará presente con una crisis económica grave; no es amenaza sino simple economía de primer semestre’, afirmó.

El jefe de Estado explicó en su publicación que el Gobierno no se ha endeudado para financiar gasto, ni corriente ni de inversión, de la actual administración. “Solo nos endeudamos para pagar la deuda de anteriores gobiernos que, en el caso de la deuda interna hecha con nacionales, se eleva, pero solo por el efecto de la tasa de interés del Banco de la República’.

Deuda neta a la baja

En el mismo mensaje, el presidente Petro señaló que la deuda externa de Colombia no aumenta y, por el contrario, tiende a disminuir respecto de la economía.

“La diferencia entre deuda pública bruta y neta es que para endeudarse hay que dejar como garantías de corto plazo unos dineros en la banca nacional o internacional. Esos dineros se recuperan en el corto plazo”, aseguró

Añadió que mientras la oposición y la prensa solo muestran el cuadro de deuda bruta, para el análisis económico y de sostenibilidad se debe tener en cuenta es la deuda neta (Ver gráfico).

Deuda insostenible

El presidente Petro también afirmó que “la deuda actual es insostenible». Al respecto, dijo que actualmente “tenemos un déficit primario en las finanzas públicas desde el gobierno de Santos, Pero solo en este gobierno el Banco de la República decidió poner la tasa de interés real por encima de la tasa decreciente real de la economía’.

Concluyó el mandatario su mensaje advirtiendo que ambas políticas –las de la Junta Directiva del Emisor y de las Comisiones Económicas del Congreso- “son irresponsables y aumentan la insostenibilidad de manera aguda”.

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