La medida judicial se produce pocas horas en que las altas cortes en un comunicado conjunto, pidieron respeto por el poder judicial y la separación de poderes que impera en Colombia.
La medida divide fuertemente a un país polarizado entre quienes respaldan las tesis del exmandatario y quienes han asegurado que ningún ciudadano por poder que tenga, está por fuera del imperio de la ley.
Hace poco igual medida le fue impuesta a uno de sus abogados, Diego Cadena, el detonante de este escándalo con la presunta compra de testigos en favor del senador Uribe.
Santa Fe de Bogotá- Vía El Espectador)-La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia dictó medida de aseguramiento en contra del senador Álvaro Uribe Vélez por los presuntos delitos de fraude procesal y soborno. Es la primera vez en la historia que se le impone una medida de este tipo a un exjefe de Estado.
El 8 de octubre de 2019 el expresidente y senador Álvaro Uribe Vélez acudió a diligencia de indagatoria en la Corte Suprema. /Gustavo Torrijos-El Espectador / Gustavo Torrijos
Por los presuntos delitos de fraude procesal y soborno, la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia dictó medida de aseguramiento contra el senador Álvaro Uribe Vélez. Es la primera vez en la historia de Colombia que se ordena una medida de este tipo en contra de un expresidente de la República.
El caso tiene que ver con el intento de manipulación del procesado Juan Guillermo Monsalve, un exparamilitar que vinculó al expresidente Uribe con la creación del bloque Metro de las Autodefensas que operó en Antioquia.
El expresidente y senador del Centro Democrático aportó su versión el 8 de octubre del 2019, ante el magistrado César Augusto Reyes, en una diligencia que en su momento paralizó las actividades en el Palacio de Justicia y puso en estado de alerta al país político. La decisión de hoy, seguramente también tendrá efectos similares.
Para la Sala de Instrucción en pleno (no participó la magistrada Cristina Lombana, quien fue apartada del caso), fue necesario dictar una orden de captura para garantizar la comparecencia de Uribe al proceso. Luego de legalizar su captura y definir el lugar de reclusión, vendrá un proceso probatorio hasta el cierre de la investigación en el que la Sala de Instrucción decidirá si precluye el caso o llama a juicio al exmandatario.
Publicamos el comunicado expedido por la Corte Suprema de Justicia, frente a los hechos que llevaron a la privación de la libertad del Senador Uribe:
Comunicado de la corte:
Comunicado 15/20 Sala Especial de Instrucción
Bogotá, D.C., martes 4 de agosto de 2020. La Sala Especial de Instrucción de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante decisión del 3 de agosto aprobada y suscrita por unanimidad, resolvió la situación jurídica del senador Álvaro Uribe Vélez con imposición de medida de aseguramiento de detención preventiva, como presunto determinador de los delitos de soborno a testigo en actuación penal y fraude procesal.
Dicha medida se sustituyó por detención domiciliaria. Por lo tanto, el senador Uribe Vélez cumplirá la privación de la libertad en su residencia y desde allí podrá continuar ejerciendo su defensa con todas las garantías del derecho al debido proceso.
La providencia fue adoptada con base en un riguroso estudio jurídico sobre la realidad procesal, que indica posibles riesgos de obstrucción de la justicia, respecto al futuro recaudo de pruebas de hechos presuntamente delictivos que involucran tanto al senador Álvaro Uribe como al representante Álvaro Hernán Prada Artunduaga. Las conductas reprochadas fueron posteriores al 16 de febrero de 2018, fecha en que la Sala de Casación Penal compulsó copias contra el aforado, al archivar una denuncia formulada por él.
Después de emitido este archivo, al parecer, con la aprobación del senador, personas allegadas a él habrían emprendido probables actos de manipulación de testigos.
Como se informó en su momento, el 24 de julio de 2018, la entonces Sala de Instrucción de la Sala Penal abrió proceso formal contra los congresistas Uribe y Prada, en el curso del cual rindieron indagatoria ante la nueva Sala Especial de Instrucción en el mes de octubre de 2019.
Luego de escuchar sus explicaciones y la práctica de múltiples pruebas, muchas de ellas pedidas por la defensa, la medida restrictiva de la libertad del senador Uribe Vélez tiene como fundamento gran cantidad de material probatorio recaudado y analizado por la Sala Especial de Instrucción. Dicho material, hace parte de la reserva del sumario e incluye pruebas testimoniales, inspecciones judiciales, registros fílmicos, grabaciones e interceptaciones telefónicas, que al parecer indican su presunta participación como determinador de los delitos de soborno a testigo en actuación penal y fraude procesal.
En algunos de los comportamientos investigados habría intervenido el representante a la Cámara Álvaro Hernán Prada, a quien por ello la Sala le imputa el delito de soborno en calidad de cómplice. Conducta que legalmente, frente a la eventual pena a imponer, no reúne requisitos para imponerle medida de aseguramiento, aunque sigue vinculado al proceso.
Las conductas imputadas al senador Uribe Vélez, por las cuales la Corte resuelve su situación jurídica, fueron presuntamente cometidas cuando se desempeñaba como congresista.
En estas condiciones, la investigación respecto a los dos congresistas continúa en el mismo proceso a cargo de la Sala Especial de Instrucción.
Como se sabe, según el artículo 309 del Código de Procedimiento Penal, “se entenderá que la imposición de la medida de aseguramiento es indispensable para evitar la obstrucción de la justicia, cuando existan motivos graves y fundados que permitan inferir que el imputado podrá destruir, modificar, dirigir, impedir, ocultar o falsificar elementos de prueba; o se considere que inducirá a coimputados, testigos, peritos o terceros para que informen falsamente o se comporten de manera desleal o reticente; o cuando impida o dificulte la realización de las diligencias o la labor de los funcionarios y demás intervinientes en la actuación”.